Cuantas marcadoras se pueden poseer?

Iniciado por hakaider, 06 Abril , 2011, 11:55:25

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hakaider

Me he ojeado el foro pero no he encontrado nada sobre esto, ¿legalmente existe un limite de marcadoras que estean asociadas a la posesion de un individuo? y si es asi, que me imagino que si, en cuanto se queda ese limite con la nueva regulación?. Porque en la caza por ejemplo pasan de 12 a 6, creo recordar.

Cid

La nueva regulación no está a probada, ni mucho menos. Han sido demasiadas las reclamaciones que ha suscitado como para que siga adelante sin ser revisada muy a fondo. De todas formas, el borrador que se hizo público no presentaba ninguna modificación en este asunto, creo recordar, aunque tendría que revisar mis anotaciones, que yo pa estas cosas tengo mu mala memoria.

Con el actual reglamento de armas de 1991, nuestras marcadoras son consideradas armas de 4ª categoría clase A, y por lo tanto, un individuo tiene derecho a una sola tarjeta clase A, y en ella se pueden registrar hasta 6 armas de este tipo.

dani.M

Cid , depende tambien del ayuntamiento. Yo tengo 25 a mí nombre ^^

Cid

Dani, no depende del ayuntamiento, el reglamento de armas está aprobado según Real Decreto, y por lo tanto, cualquier decisión al respecto que tome un ayuntamiento está supeditada a dicho Real Decreto.

Otra cosa es que el ayuntamiento en cuestión no realice correctamente su trabajo, y se salte a la torera, ya sea por desconocimiento o por la razón que sea, lo que estipula el puñetero reglamento.

Algo que puede ocurrir, por ejemplo, es que en el ayuntamiento consideren que las armas son de categoría 4ª tipo B, en cuyo caso, NO HAY LÍMITE DE TARJETAS PARA UN MISMO INDIVIDUO.

En realidad, eso es una soplapoyez, porque, como ya he explicado en otras ocasiones, las funciones de esas tarjetas, (tanto la A cómo la B) son dos: Por un lado reconocer al portador como persona "válida" para la tenencia y uso de esas armas, por lo cual, tanto da si tiene una como si tiene seis o cincuenta, y la otra función es certificar que dichas armas están convenientente registradas.

No tengo datos al respecto, pero supongo que si te paran con más de seis marcadoras y presentas sus correspondientes tarjetas de armas, aunque sean de tipo B, saldrías del paso. Otra cosa es que ocurra un percance, se cometa algún delito, o vete tú a saber. Entonces seguro que si se miraría con lupa la documentación y mucho me temo que el único responsable de no tener las cosas en orden es uno mismo.

Aún así, mejor tener 25 a tu nombre, que no tener registrada ninguna, o sólo 6  ;)

dani.M

Ya sabes precisamente para que sirven dichos documentos ; para nada ! Otra cosa es tener algo o nada , por supuesto tu documentacíon aun que no sirva para nada ...

Fijate el caso de cuando yo monte la empresa , las registre en el municipio en el que estoy empadronado y la empresa estaba en otro distinto.

Estoy contigo que se lo saltan a la torera o no saben que hacer con ello . Algo bastante triste.. A ver si entra dicho reglamento como toca.

Cid

el nuevo reglamento no pinta que vaya a solucionar nada. Y yo no he dicho que las tarjetas de armas no sirvan para nada. Ni mucho menos. Joer, que no me canso de decir a la peña que registre sus marcadoras!!!.

Excusarnos en lo mal redactada que está el reglamento con respecto a nuestras marcadoras, no es razón para no registrarla.

Un ejemplo sencillo. Tú y yo nos vamos a jugar a un campo legal de cualquier lugar de España con nuestras marcadoras. En el camino nos para la guardia civil. Yo sin papeles, tú con tu tarjeta sellada por el alcalde de tu municipio. En el más normal de los casos, y lo que debería ocurrir siempre, es que el Guardia Civil me quitará mi marker y me instará a que la recoja en el cuartel presentando mi tarjeta de armas. A ti, te dejará continuar.

En el caso más chungo, además de quitarme la marker, me colocará un mínimo de 300 € de multa, y si me pongo chulo, una denuncia por tenencia ilícita de armas (cual terrorista). Si sigo tocando las pelotas, igual el tío decide darnos por culo a los dos, y te retira tu marker e interpone consiguiente denuncia por llevar la marker fuera del municipio donde está autorizada.

¿Cómo acabaría todo? pues yo desde luego, de juicio y rezando a todos los santos para que salga medianamente librado.

Y tú, pues sin yo ser abogado ni muchísimo menos, ni tener el más mínimo conocimiento de leyes, sigo creyendo que tendrías todas las de ganar, ya que tu tarjeta demuestra que el arma está registrada, y que el alcalde ha considerado que eres una persona capacitada para dar uso a ese arma, tal y como indica el reglamento de armas. Y esa capacidad será la misma en tu pueblo, que en el pueblo de al lado. Vamos, digo yo que, al salir de nuestro municipio no nos volvemos gilipollas ¿verdad?

Es decir, que servir, sirven, y sirven PARA MUCHO !!!!

En cuanto a que no sepan que hacer con ello, es lógico. Pero para ponérselo fácil, lo único que hay que hacer es presentar una solicitud detallada. Hace tiempo colgué una en este mismo foro, pero no se porqué razón, ha desaparecido, y yo no tengo una copia de la misma. Me da pereza volver a redactarla, pero vamos no es nada complicado. Quizás con alguna motivación extra... podría esforzarme en crear una nueva solicitud  ;D