Seguridad de las botellas

Iniciado por kastor, 27 Junio , 2006, 18:14:35

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kastor

Hola

Cada cuanto tiempo deben pasar revision las botellas??

donde se pasan??

Gracias

Kastor

LuLa

Que alguien me corrija si me equivoco:
Las de aire:
Cada 5 años en toda españa menos en catalunya que es cada 3 años.
Las de co2:
 :-/ ni idea

Souler

#2
¿En Cataluña la normativa es diferente? Me extrañaría un poco por la razón de que es una normativa que afecta a la Comunidad Europea y ya estaría gracioso que Cataluña fuera también diferente en eso, aunque los diferentes países tienen potestad para acortar el periodo de revisión... pero depende del país, no de una comunidad autónoma según tengo entendido.

Las botellas de fibra con normativa europea Pi se tienen que revisar cada 5 años y  caducan a los 15 años de su primera prueba hidrostática (que es la fecha que pone de fabricación). Las de aluminio se revisan cada 10 años y no tengo conocimiento de que caduquen.

Las de CO2 no tengo entendido que requieran revisiones periódicas. La presión que soportan es muchísimo menor que las de aire comprimido.

Para pasar las revisiones las puedes llevar a la tienda de paintball más cercana o sinó diréctamente a un centro de buceo autorizado, que ellos la enviarán a una empresa certificada para realizar las pruebas hidrostáticas (las que te ponen el sellito de validación) o te dirán donde puedes llevarla tu mismo.

LuLa

Buscando información de en donde leí que en cataluña se pasaban cada 3 años las revisiones a las botellas de aire encontré esto, me parece curioso ponerlo a disposicion de todos, y así os ahorro un trabajo buscarlo  :P

Cita:"ANUALMENTE EL USUARIO DE LOS RECIPIENTES DE AIRE COMPRIMIDO DEBERA LIMPIAR INTERIORMENTE LOS MISMOS CON OBJETO DE ELIMINAR LOS ACEITES Y CARBONILLAS PRODUCIDOS POR ESTOS."

Nota: Aún teniendo en cuenta que no se tratan los mismos bares de presión, sino muuuuchos menos, esto me recordó a lo que decia mmmmmm.. (alguien), de lo sucedido en la iberian sobre no aplicar aceite a la botella por el peligro que conllevaba. Pues si te fijas en el link el boe es de año 1988 (alucinante que se venga a decir cuando pasó en la iberian lo de la botella).

Cita:"ESTAS PRUEBAS PERIODICAS SERAN SUPERVISADAS POR EL ORGANO TERRITORIAL COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, O, SI ESTA LO ESTIMA OPORTUNO, POR UNA ENTIDAD DE INSPECCION Y CONTROL REGLAMENTARIO, LEVANTANDOSE ACTA Y ENTREGANDO UNA COPIA A DICHO ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION, OTRA AL USUARIO DEL APARATO Y OTRA QUE QUEDARA EN PODER DE LA ENTIDAD DE INSPECCION Y CONTROL REGLAMENTARIO.

ES RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DEL APARATO SOLICITAR ANTE EL ORGANO TERRITORIAL COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA LA SUPERVISION DE LAS CITADAS PRUEBAS "

Nota:Si nos fiamos de esto no vale con un sello o pegatina, no? per deu, que alguien me lo resuelva, no sirvo para tener dudas  :-/

Link para que le echeis un vistazo ustedes mismos y me podais aclarar ahora a mi POR FA.
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1988/17063

También encontré el decreto de las botellas de buceo, por si a alguien le ayuda en algo, no se... pero siempre es bueno tenerlo por aqui...
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/06794

Souler

Hola Lula, ese link que has puesto, si bien no me lo he leído completo (vaya coñacito que son los BOEs) creo que se refiere a las instalacione sindustriales, como por ejemplo las que tienen los talleres de neumáticos para las máquinas elevadoras de los coche so la spistolas que desenroscan los tornillos de las ruedas. No se si es etexto es aplicable a las botellas. Lo de limpiar carbonilla... no se crea carbonilla dentro de una botellas de las que usamos, o al menos no lo he apreciado yo.

LuLa

Citarcreo que se refiere a las instalacione sindustriales, como por ejemplo las que tienen los talleres de neumáticos para las máquinas elevadoras de los coche so la spistolas que desenroscan los tornillos de las ruedas. No se si es etexto es aplicable a las botellas.
Así es souler, lo dije en el post anterior, de todas formas no me referia a las carbonillas si no al tema del aceite que por lo visto fue la excusa o explicación que dió el fabricante de la botella que petó en la iberian  :) fue por eso por lo que lo puse, ya que en ese boe pone que se trabaja a menos bares que los que trabajamos nosotros, pero sin embargo habla del aceite, cosa que no se tiene en cuenta cuando se habla de seguridad en las botellas como por ejemplo el desenroscar la botella desde el preset no el tanque.
Si alguien puede echar un cable con la caducidad de las botellas poniendo algo de información se agradecería (es que no encuentro en donde lo leí).
Suerte

Souler

#6
El problema de usar aceite o cosas como el 3en1 es que el aire a entrar a alta presión se calienta y estos lubricantes pueden llegar a arder literalmente. El calor que genera el lubricante ardiendo puede ser suficiente para derretir el cuello de la botella como dice el Millennium (claro que eso debería de ser testado en laboratorio)

Xavi

http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/itc_mie_ap18.htm

Bueno, poco más que añadir a lo que dice la ley.

Voy a leermelo a ver si se me queda algo jejeje. No te acostarás sin saber una cosa más.

Saludos

Xavi

Así a primer vistazo hago dos observaciones:

1. Las revisiones son cada 3 años ( artículo 13) . Observad que lo de 5 años es para los aparatos de recarga, es decir, compresores.

2. El artículo 26, apartado c, entre otros, creo que en el paintball nos lo pasamos un poco por el forro.

Saludos

LuLa

Citar2. El artículo 26, apartado c, entre otros, creo que en el paintball nos lo pasamos un poco por el forro.

Gracias Xavi, lo pongo para los mas vagos.
"Artículo 26. Carga de botellas mediante compresores portátiles.
La actividad de carga con compresores portátiles, cuando se realice al aire libre, deberá hacerse en un lugar apartado, sin presencia de público y a una distancia mínima de 50 metros de cualquier vía de comunicación pública, locales y establecimientos habitados, edificaciones de cualquier clase y zonas en que se realice cualquier tipo de ocupación o actividad en la que intervengan personas y/o animales. Cuando la carga se realice en un local cerrado, éste deberá cumplir las condiciones de emplazamiento previstas en el artículo 14."

Articulo 14:
"Artículo 14. Emplazamiento.
Para el emplazamiento de las instalaciones de carga deberán cumplirse las siguientes condiciones:

El local donde se realice la manipulación y carga de las botellas estará emplazado en un recinto cerrado destinado a esta finalidad, en donde se situará la zona de recarga.

Debido a la alta presión de trabajo de la instalación, no se permite el emplazamiento de la zona de recarga debajo de locales habitados, a menos que se justifique en el proyecto que en el techo y paredes colindantes se dispone de una protección adecuada que sea capaz de soportar el impacto, en caso de accidente, por desprendimiento o explosión de una botella o de alguno de sus componentes.

Durante el proceso de recarga no estará permitida la entrada de personas ajenas a la instalación. Se colocarán letreros que indiquen esta prohibición en las puertas de entrada.

Las aberturas que comuniquen con otros locales y con el exterior (puertas y ventanas) deberán protegerse adecuadamente de forma que no puedan causarse daños a las personas, a las propiedades y a las cosas en caso de accidente, por impacto físico o por expansión del fluido.

La toma de aspiración del aire de compresión se situará en un lugar que permita garantizar su calidad."

De nuevo gracias Xavi

LuLa

#10
En post anteriores comenté que la revisión de las botellas se hacian cada 5 y 3 años respectivamente, hoy me e tropezado con un post que ponia que la normativa de seguridad en las botellas era así (como yo decía) pero que actualmente ha cambiado, el post decía "...Pero hace ya algunos meses se estableció la nueva MIE-AP18 que regula la inspección de los recipientes de aire a presión sea cual sea el material del que esté compuesto el recipiente y según la ley ahora es cada 3 años para todos los casos. Siempre hablando de aire claro.."
Evidentemente me e puesto a buscar esta normativa y e encontrado esto http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/Archivos/Dis_4546.pdf#search=%22MIE-AP%2018%22

Que es lo mismo que lo que me decia Xavi en su momento, concluyendo esto creo que las revisiones de las botellas se pasa desde el 27 de abril de 2.005 cada 3 años y la normativa a la que nos tenemos que ceñir en españa es la MIE-AP 18 (así quien quiera buscar más información le será mas facil buscarla por su nombre)
Gracias

ARPIA

....que quiere decir eso exactamente? ¿que al no poder retimbrar las botellas de paintball (aunque comprobemos en una compañia de extintores que estan bien) deberemos cambiar de botellas?
porque como sea asi, menuda put......¡¡¡¡

Xavi

#12
Lula, el link que has dado es exactamente (o dice exactamente) lo mismo que puse yo pero colgado en webs distintas... en cualquier caso sirve para refrescar este tema  ;)

En cuanto a tu pregunta Arpia: http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/directivas.asp?directiva=87/404/CEE#OrganismosNotificados

Simplemente explica que no cualquiera puede retimbrar una botella sino que únicamente lo pueden hacer los Organismos Notificados Españoles que son los que tienes en el link.

Saludos

LuLa

CitarQue es lo mismo que lo que me decia Xavi en su momento, concluyendo esto creo que las revisiones de las botellas se pasa desde el 27 de abril de 2.005 cada 3 años y la normativa a la que nos tenemos que ceñir en españa es la MIE-AP 18 (así quien quiera buscar más información le será mas facil buscarla por su nombre)
Lo sé Xavi, como puedes comprobar ejjejejeje lo puse como reflexión y aclaración para que la gente supiera por que nombre buscarlo.